lunes, 17 de diciembre de 2012

La desamortización.

La desamortización española fue un largo proceso histórico, económico y social iniciado a finales del siglo XVIII por Godoy (1798), ministro y favorito de Carlos IV, y cerrado ya muy entrado el siglo XX (16 de diciembre de 1924). El concepto "desamortizar" hace referencia a privar a alguien de una propiedad si no la explota correctamente; es decir, si dicha propiedad está en poder de manos muertas. Una plena producción agrícola a fin de acrecentar la prosperidad y poder de la nación hacía necesaria aquella desamortización. Obviamente, esto iba en menoscabo del poder que tradicionalmente habían detentado los estamentos eclesiástico y nobiliario. Así pues, la desamortización consistió en la expropiación forzosa y subasta pública de las tierras y bienes hasta entonces inalienables; es decir, propiedades desatendidas por parte de la Iglesia Católica o las órdenes religiosas y que fueran acumuladas por aquellos habituales beneficiarios de donaciones, testamentos y abintestatos. También se contaron en la magna operación los llamados baldíos y tierras comunales de los municipios. En otros países sucedió un fenómeno de características más o menos similares. Su finalidad fue acrecentar la riqueza nacional y crear una burguesía y clase media de labradores propietarios. Además, el estado obtenía unos ingresos extraordinarios con los que se pretendían amortizar los títulos de deuda pública. La desamortización se convirtió en la principal arma política con que los liberales modificaron el régimen de la propiedad del Antiguo Régimen para implantar el nuevo Estado liberal durante la primera mitad del siglo XIX.

El diezmo, tributo del pasado. (Comentario).

Se define como diezmo a la parte de la cosecha, generalmente la décima, que se pagaba como tributo a la Iglesia o al rey. Así sucedía en el pasado donde estábamos sometidos a la nobleza y al clero, pero en la actualidad a nadie se le ocurriría cumplir estas leyes absurdas, pero peor me parece la persona que decide llevarla a cabo. ¿Cómo puede ser que en la actualidad esto pueda ocurrir? Muchas leyes fueron derogadas o abolidas como es el caso de esta norma que obligaba a pagar por trabajar las tierras. Puede que en el pasado fuera así, pero los problemas económicos que se pudieron dar o cualquiera que fuese la cusa, no son suficientes para llevar a cabo este tipo de pagos, es un retroceso y carece de sentido, se deberían tomar otro tipo de medidas sobre las fincas y por último decir que la forma en que se pagó lo impuesto fue la correcta, ya que si pedían que se cumpliera esta ley tan antigua, el pago debía de ser el establecido en aquella época, fue la forma adecuada de corresponder ante la desfachatez de pedir el diezmo.

sábado, 15 de diciembre de 2012

Mapa Europa a finales del S.XIX

Mapa Europa a principios del S.XIX

Mapa de las divisiones administrativas después de J.Burgos.

Esta reforma llevada a cabo por Javier de Burgos en 1833 se ha mantenido prácticamente sin cambios a nivel provincial hasta la actualidad. Dividía el territorio español en 49 provincias a partir de un criterio racional, con un tamaño relativamente homogéneo y eliminando la mayor parte de los exclaves y enclaves propios del Antiguo Régimen. A su vez, agrupaba las provincias en regiones con un carácter meramente clasificatorio, sin reservar para estas regiones ningún tipo de competencia u órgano administrativo o jurisdiccional común a las provincias que agrupaban. La organización territorial era la siguiente:Destaca como principal diferencia que las islas Canarias no habían sido divididas en dos provincias hasta la fecha, siendo Santa Cruz de Tenerife su capital. En 1927, con la aparición de la provincia de Las Palmas, se aumentó el número de provincias a 50. Otra diferencia es que la mayoría de los estatutos de autonomía toman de base esta división, salvo aquellos que tienen que ver con la región de León, la de Castilla la Vieja y la de Castilla la Nueva.

Mapa de las divisiones administrativas de España antes de J.Burgos.

División territorial de Vascongadas, Navarra y parte de Castilla la Vieja. Tras el levantamiento del general Riego, durante el Trienio Liberal (1820–1823), se impulsa la construcción del Estado liberal, y con él se promueve una nueva división provincial, aunque primero se recuperan las diputaciones de 1813. Se trataba de que esta división alcanzara a todo el país, sin excepciones, y fuera la trama única para las actividades administrativas, gubernativas, judiciales y económicas, según criterios de igualdad jurídica, unidad y eficacia. En enero de 1822 se aprueba, con carácter provisional, una división provincial de España en 52 provincias:[3] provincia de Alicante, con capital en Alicante; provincia de Almería, con capital en Almería; provincia de Ávila, con capital en Ávila; provincia de Badajoz, con capital en Badajoz; provincia de Baleares (islas), con capital en Palma; provincia de Barcelona, con capital en Barcelona; provincia de Bilbao, con capital en Bilbao; provincia de Burgos, con capital en Burgos; provincia de Cáceres, con capital en Cáceres; provincia de Cádiz, con capital en Cádiz; provincia de Calatayud, con capital en Calatayud; provincia de Cartagena, con capital en Cartagena ,provincia de Canarias (islas), con capital en Santa Cruz de Tenerife; provincia de Castellón, con capital en Castellón de la Plana; provincia de Ciudad Real, con capital en Ciudad Real; provincia de Chinchilla, con capital en Chinchilla; provincia de Córdoba, con capital en Córdoba; provincia de Coruña, con capital en Coruña; provincia de Cuenca, con capital en Cuenca; provincia de Gerona, con capital en Gerona; provincia de Granada, con capital en Granada; provincia de Guadalajara, con capital en Guadalajara; provincia de Huelva, con capital en Huelva; provincia de Huesca, con capital en Huesca; provincia de Jaén con capital en Jaén; provincia de Játiva, con capital en Játiva; provincia de León, con capital en León; provincia de Lérida, con capital en Lérida; provincia de Logroño, con capital en Logroño; provincia de Lugo, con capital en Lugo; provincia de Madrid, con capital en Madrid; provincia de Málaga, con capital en Málaga; provincia de Murcia, con capital en Murcia; provincia de Orense, con capital en Orense; provincia de Oviedo, con capital en Oviedo; provincia de Palencia, con capital en Palencia; provincia de Pamplona, con capital en Pamplona; provincia de Salamanca, con capital en Salamanca; provincia de San Sebastián, con capital en San Sebastián; provincia de Santander, con capital en Santander; provincia de Segovia, con capital en Segovia; provincia de Sevilla, con capital en Sevilla; provincia de Soria , con capital en Soria; provincia de Tarragona, con capital en Tarragona; provincia de Teruel, con capital en Teruel; provincia de Toledo, con capital en Toledo; provincia de Valencia, con capital en Valencia; provincia de Valladolid, con capital en Valladolid; provincia de Vigo, con capital en Vigo; provincia de Villafranca, con capital en Villafranca; provincia de Vitoria con capital en Vitoria; provincia de Zamora, con capital en Zamora; provincia de Zaragoza, con capital en Zaragoza. División territorial de España en 1822. Algunas de estas provincias aparecen por primera vez, como las de Almería y Málaga (desgajadas del tradicional Reino de Granada), Huelva (del Reino de Sevilla), Calatayud o Logroño, y otras aparecen con nombre nuevo como Murcia o las Provincias Vascongadas. Este proyecto hace pocas concesiones a la historia, y se rige por criterios de población, extensión y coherencia geográfica. Hay una voluntad de superar los nombres históricos, prefiriéndose los de las ciudades capitales. Tampoco se respetan los límites tradicionales de las provincias, configurando un mapa nuevo. Se eliminan los enclaves de unas provincias en otras, si pertenecen a distintos reinos, pero se conservan muchos enclaves cuando se hallan dentro del mismo. Este proyecto generó intensos debates por el número de provincias y la capitalidad, pero no dejaron de ser cuestiones menores. En 1822 se restablecieron los intendentes provinciales como delegados de Hacienda. Pero la caída del gobierno liberal y la restauración del absolutismo dio al traste con el proyecto. En 1823 se restablecen las provincias del Antiguo Régimen por lo que el plan de 1822 nunca llegó a entrar en vigor.

Cuadro cronológico de Alfonso XII a nuestros días.